¿Cómo entender tu nómina?

diciembre 19, 2017


La última guía completísima para entender tu nómina y todos los conceptos que vienen con ella



Estamos contentos porque hemos empezado a trabajar.
Nos llega nuestra primera nómina y ¡zas! no nos encaja lo que íbamos a cobrar con lo que finalmente hemos cobrado.
Y es que hay (muchas) cosas que no entendemos de nuestra nómina.

Entenderla es algo fundamental para cualquier trabajador, y por ello vamos a explicarte todos los detalles. Así, podrás prever cuál va a ser tu sueldo, tanto si quieres saberlo antes de empezar a trabajar como para comprobar si realmente tu nómina está bien calculada.

Empezamos: una nómina es el documento que indica la cantidad que se paga a los empleados por el trabajo desempeñado en la empresa durante un periodo concreto, normalmente este periodo se refiere a un mes.


1. ENCABEZADO

En este apartado se recogen los datos básicos que debe tener una nómina y que hacen referencia a la relación que tiene el empresario y el trabajador
Además de estos datos que son los mínimos que deben aparecer en una nómina, se pueden incluir otros que acuerden el empresario y el trabajador, siendo éstos más específicos, como pueden ser:
  • Segundo centro de trabajo
  • El convenio correspondiente al trabajador
  • El número de cuenta corriente, de cada una de las partes

2. DEVENGOS

Este segundo apartado es el más importante para los trabajadores, ya que estamos antes las cantidades que que suman a la nómina, es decir, nos estamos refiriendo a los ingresos que recibe el trabajador.
Los devengos se dividen en 2 grupos distintos:

2.1. DEVENGOS SALARIALES

  • Salario base: se corresponde con el salario mínimo según el convenio correspondiente. 
  • Complementos salariales: son las circunstancias a cada trabajador, como pueden ser: Idiomas, Responsabilidad en el puesto ocupado, Conocimientos, Resultados para la empresa. 
  • Horas extraordinarias: se refieren a las horas fuera del horario laboral y pueden ser voluntarias o forzosas. 
  • Gratificaciones extraordinarias: son las requeridas pagas extras. Como mínimo son 2 pagas extras obligatorias en España. Una de ellas en Navidad y la otra normalmente en verano, aunque dependerá del convenio al que estemos sometidos. Estas pagas también pueden prorratearse a lo largo del periodo laboral. 
  • Salario en especie: es la remuneración que reciben los empleados en forma de bienes y servicios. 

2.2. DEVENGOS NO SALARIALES

Los devengos no salariales se corresponden con los bienes t servicios que no tributan como salario, como pueden ser los tickets.
Este tipo de devengos tienen una serie de particularidades:
  • No tienen deducción por IRPF
  • No cotizan a la Seguridad Social
  • Tienen que ser inferiores al 30% de los devengos salariales
Dentro de los devengos no salariales nos encontramos con:
  • Indemnizaciones o despidos: son aquellos gastos a los que hace frente el trabajador que son necesarios para la realización de algún trabajo.
  • Percepciones e indemnizaciones de la Seguridad Social: estos devengos se corresponden con traslados, suspensiones o despidos, gastos por incapacidad o desempleo temporal.

3. DEDUCCIONES

Esta parte de la nómina es la que menos gusta a los trabajadores, ya que es la que disminuye la cantidad de dinero que van a recibir. Básicamente está formada por dos grandes deducciones:

3.1. IRPF

Se trata de la cantidad que se destina a  la Agencia Tributaria, que posteriormente, es necesaria para realizar la declaración de la renta.
  • Si el IRPF es bajo: el resultado de nuestra declaración de la renta saldrá a pagar.
  • Por el contrario, si el IRPF es alto: Hacienda nos devolverá dinero, ya que habremos ingresado por adelantado más dinero del que realmente nos correspondía. 
Para saber cuál es el importe que nos van a retener en nuestra nómina debido al IRPF, el cálculo que hay que realizar es el siguiente:

Deducción IRPF= Total devengo x % IRPF

3.2. SEGURIDAD SOCIAL 

La cantidad que se aporta a la Seguridad Social se compone de los siguientes conceptos:
  • Contingencias comunes
CC = [Total devengo salarial - Horas extraordinarias] x 4,7%
  • Desempleo
El porcentaje destinado a la deducción por desempleo depende del tipo de contrato que se trate, por ello, tendremos los siguientes porcentajes:
  • Contrato general: 1,55%
  • Contrato de duración determinada a tiempo completo: 1,60%
  • Contrato de duración determinada a tiempo parcial: 1,60%
Desempleo = [Total devengo salarial - Horas extraordinarias] x % correspondiente
  • Formación profesional 
FP = [Total devengo salarial - Horas extraordinarias] x 0,1%
  • Horas extraordinarias:
Por fuerza mayor:

HE = [Horas extraordinarias por fuerza mayor x €/h extraordinaria] x 2%

Sin fuerza mayor:

HE = [Horas extraordinarias sin fuerza mayor x €/h extraordinaria] x 4,7%


4. LÍQUIDO A PERCIBIR

Y ha llegado el momento que todos estabais esperando, ¿Qué cantidad realmente es la que vamos a recibir por el trabajo desempeñado?

Una vez comentado lo anterior, ahora solo nos queda hacer una simple resta y ya sabremos cuál será nuestro sueldo.

Líquido a percibir = Total devengos - Total deducciones

Ahora ya puedes calcular cuánto vas a ver en tu cuenta corriente a final de mes, o bien asegurarte que tu nómina está correcta.


Esperamos que este resumen os haya servido, Recuerda que esperamos tus preguntas, sugerencias y comentarios, y comparte este post: puede ser útil a más gente.
Si tienes cualquier duda, no dudes en preguntarnos en imfe.malaga.eu

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