Bonificaciones a la contratación de autónomos

enero 25, 2018


Según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en el mes de julio de 2017 existían en España 3.229.905 trabajadores autónomos. En comparación con el resto de economías europeas la Tasa de autónomos de nuestro país se sitúa dos puntos por encima de la media, tan sólo por detrás de Italia y Portugal. Estamos sin duda ante uno de los grupos con más peso en nuestro mercado laboral.

Trabajar por cuenta propia tiene muchas ventajas, la principal sin duda el poder dedicarte a lo que realmente te gusta, ser el único responsable de tu negocio (para lo bueno y para lo malo) y disfrutar de la libertad que te otorga ser tu propio jefe. La realidad es que poco o nada tienen que ver estas ventajas con el creciente número de autónomos en nuestro país. La crisis económica y el desempleo se ha convertido en el verdadero impulsor del autoempleo. Todos conocemos amigos o familiares que se han visto obligados a reconvertirse, a buscarse la vida durante todos estos años.

Seguro que hemos oído hablar de los malabares que tienen que hacer los autónomos para llegar a fin de mes, asfixiados por impuestos y cuotas laborales, ¿pero realmente es así? ¿y el resto de países europeos?

La cuota de autónomo

Pues lo cierto es que en cuanto a la cuantía de la cuota (en España por norma general se encuentra en 270€ mensuales) pocos países de nuestro entorno nos superan, a pesar de las diferentes bonificaciones aparecidas en los últimos años. En Reino Unido o Francia esta cuota varía en función de los ingresos, incluso hay países en los que no se paga nada hasta alcanzar un límite de ganancias. A priori puede parecer desalentador pero estamos olvidándonos de las coberturas sociales a las que cualquier trabajador autónomo tiene derecho y que, sin embargo, en muchos de los países que nos rodean no se contemplan. Nos referimos al seguro médico, jubilación o desempleo (aunque esto último sigue muy cuestionado por el alcance real de la medida).

Parece que estos últimos años las administraciones se han puesto las pilas y empiezan a valorar a este gremio como se merece por su gran importancia en nuestro mercado laboral y nuestra economía. A continuación resumimos las bonificaciones actuales y las novedades de la última Ley de Autónomos aprobadas por el gobierno:

Bonificaciones al trabajador autónomo

Carácter general:
  • Base de cotización mínima: para nuevos autónomos o aquellos que no hubieran estado en alta en los últimos 5 años. Reducción de 50€/mes de la cuota de contingencias comunes y 50% reducción durante los primeros 6 meses (ampliado a 1 año en la última reforma de la Ley de Autónomos), 30% de reducción en los siguientes 3 meses y 30% de bonificación a los siguientes 3 meses después del periodo de reducción anterior.
  • Base mayor a la cotización mínima. Reducción del 80% sobre la cuota de contingencias comunes además de las bonificaciones y reducciones anteriormente expuestas.
Otras bonificaciones
  • Hombres menores de 30 años o mujeres menores de 35 años. Bonificación adicional a la finalización a las previstas con carácter general del 30% sobre la cuota de contingencias comunes durante los 12 meses siguientes.
  • Además existen diferentes reducciones y bonificaciones relativas a discapacitados, víctimas de violencia de género o de terrorismo. También se contempla para casos de interinidad, motivos familiares, casos especiales de Ceuta y Melilla.
A continuación puedes consultar el documento completo Bonificaciones / Reducciones a la contratación laboral, publicado por el SEPE en Julio de 2017.

Nueva ley de autónomos

Llevamos meses oyendo hablar de la nueva ley que regulará el trabajo autónomo en España. Esta normativa recoge algunas de las demandas que venía reclamando el colectivo, aunque sigue sin recoger la más famosa: la cuota variables en función de los ingresos. Entre otras, las novedades de la nueva ley son:

  • Se amplía la tarifa plana de 50€ para nuevos autónomos hasta un año.
  • Sólo se pagará por los días trabajados, mediante altas y bajas en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
  • Posibilidad de cambiar hasta cuatro veces durante el mismo año la base de cotización.
  • Tarifa plana de 50€/mes para las mujeres que se reincorporen al trabajo después de una baja por maternidad.
  • Exención del 100% de la cuota durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
  • Se reduce del 20% al 10% los recargos por retrasos en los pagos a la Seguridad Social para el primer mes.
  • Se reconoce el accidente en desplazamientos hasta el lugar de trabajo.
  • Cuando se trabaje desde casa, el autónomo podrá deducirse hasta el 30% en suministros.

Si quieres conocer más acerca de esta nueva Ley, accede a la publicación de la Federación de Autónomos (ATA).

Como ves no todo son malas noticias, además existen muchas instituciones públicas y privadas comprometidas con la mejora de la situación del autoempleado y el fomento del emprendimiento para que cada vez sean menos los autónomos por obligación.


















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